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Indemnizaciones a los hosteleros afectados por la DANA

Las lluvias torrenciales de la DANA en Valencia han causado daños incalculables. Ante la magnitud de la crisis, el sector hostelero urge a las autoridades a activar las indemnizaciones y ayudas necesarias para facilitar su recuperación. Te contamos qué apoyos están previstos y cómo puedes solicitarlos.

4 minutos

11/11/24

Una voluntaria descansa en una calle de Paiporta . EFE/ Jorge Zapata.

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El sector hostelero en las áreas más afectadas por la DANA en Valencia enfrenta una crisis sin precedentes. Con cerca de un millar de establecimientos de hostelería, incluidos bares, restaurantes y cafeterías, afectados de forma severa, la situación demanda medidas rápidas y efectivas. La resiliencia de los empresarios de esta industria vuelve a ponerse a prueba, mientras esperan que las autoridades activen las ayudas e indemnizaciones para facilitar la recuperación.

El Gobierno ya ha declarado a la región como "zona gravemente afectada", popularmente conocida como "zona catastrófica". Esto ha permitido destinar un presupuesto inicial de 10.600 millones de euros en ayudas para las zonas y sectores más castigados por la catástrofe, con el objetivo de cubrir donde las indemnizaciones de seguros no alcanzan. Con ello, se espera aliviar a las empresas y personas que han sufrido pérdidas, permitiéndoles retomar sus actividades y reconstruir sus negocios.

Las asociaciones y representantes del sector hostelero exigen además respuestas rápidas. Según apunta El Periódico, Manuel Espinar, presidente de la patronal Conhostur, calcula que las pérdidas del sector alcanzan los 250 millones de euros, y que el impacto económico podría prolongarse, ya que muchos locales no podrán operar hasta que se realicen las reparaciones. "Ni en los peores momentos de la pandemia estuvimos así", señalaba Espinar en referencia a la gravedad de la situación.

Situación actual de los afectados: el impacto de la DANA en bares y restaurantes

Según datos de Hostelería de España, un total de 996 establecimientos de restauración han sufrido daños debido a la DANA. Esto incluye a 447 cafeterías y 399 restaurantes en municipios donde la catástrofe natural ha devastado viviendas, infraestructuras y cobrado la vida de más de 200 personas.

Los municipios más afectados en términos de locales de hostelería han sido Aldaia, con 113 negocios afectados, seguido de Alfafar con 91, y Catarroja con 89. Además, se registran más de 62 alojamientos, 31 locales de ocio y 12 empresas de restauración colectiva que también resultaron gravemente perjudicados.

Ayudas directas del Gobierno a PYMES y autónomos

El Ejecutivo ha habilitado una serie de medidas destinadas a ayudar a las PYMES y autónomos afectados por la DANA. Estas incluyen la posibilidad de aplicar ERTE por fuerza mayor, con una exoneración del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social hasta febrero de 2025. 

Los autónomos, por su parte, pueden acceder a una prestación por cese de actividad equivalente al 70% de su base de cotización, independientemente de si han alcanzado los 12 meses mínimos de cotización.

Además, se han destinado 838 millones de euros para ayudas directas, que se distribuirán entre 5.000 euros para autónomos y entre 10.000 y 150.000 euros para empresas, dependiendo de su volumen de negocio.

Para recibirlas, el compromiso que ha verbalizado el presidente, Pedro Sánchez, es que basta con indicar el número de cuenta bancaria y empieza a cobrarse en menos de un mes. Estas ayudas, según los cálculos del Ejecutivo, podrían beneficiar a unos 65.000 trabajadores autónomos y unas 30.000 empresas.

Los afectados también pueden posponer el pago de sus hipotecas o préstamos al consumo durante tres meses y pagar solo los intereses por otros nueve meses adicionales. Igualmente, se ha aplazado el segundo pago de la declaración de la renta para los afectados hasta 2025 y se aplica una reducción en IRPF e IVA para explotaciones y actividades agrarias de la zona afectada.

Quiénes pueden acceder a las ayudas

Pueden beneficiarse de estas ayudas directas los trabajadores autónomos y las entidades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España, que sean contribuyentes del IRPF por actividades económicas o del Impuesto sobre Sociedades. Es necesario que estuvieran dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores a fecha de 28 de octubre de 2024.

Además, la concesión de esta ayuda está condicionada a que el beneficiario mantenga el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores hasta el 30 de junio de 2025.

Plazos de la solicitud 

La solicitud de ayuda se puede presentar a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, completando el formulario electrónico que está disponible a tal efecto. Este formulario debe incluir la cuenta bancaria para recibir el abono de la ayuda. El período de presentación de solicitudes es del 19 de noviembre al 31 de diciembre de 2024.

La ayuda acordada es abonada mediante transferencia bancaria a partir del 1 de diciembre, y la notificación de concesión se considera realizada en el momento de la recepción de la transferencia.

Por su parte, las ayudas autonómicas ya están disponibles desde el 5 de noviembre y pueden solicitarse hasta el 16 de diciembre de 2024.

Indemnizaciones de las aseguradoras: ¿ qué coberturas tienen?

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) explica que las aseguradoras privadas no cubren fenómenos naturales extremos como las inundaciones, sino que estos casos recaen en el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), una entidad pública que actúa como aseguradora en situaciones extraordinarias. Sin embargo, para que el Consorcio intervenga, es imprescindible que los afectados tengan un seguro privado en vigor al momento del siniestro.

El Consorcio cubre daños en personas y bienes asegurados, incluidos viviendas, automóviles, comercios e industrias, además de gastos de alojamiento y pérdida de ingresos por la paralización de actividades económicas. La cobertura depende de lo estipulado en la póliza del seguro original, por lo que los asegurados deben estar al corriente en el pago de sus primas.

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública-privada, creada en 1941 y dependiente del Ministerio de Economía. Actúa como una aseguradora pública en casos de catástrofes naturales, disturbios y actos terroristas. Financiado a través de un pequeño aporte incluido en las pólizas de seguro, el Consorcio cubre daños que las aseguradoras privadas no pueden asumir, tales como los causados por la DANA.

Este fondo de garantía, al que pueden recurrir los afectados que ya cuenten con un seguro privado, permite cubrir las pérdidas bajo las condiciones originales de la póliza, siempre y cuando el asegurado esté al corriente en sus pagos.

¿Cómo pedir la indemnización por los daños de la DANA?

Los afectados pueden presentar la solicitud en la web del Consorcio de Compensación de Seguros, llamando a su línea de atención o contactando a su aseguradora para que esta se encargue de la gestión. La documentación requerida incluye fotos de los daños, una copia de la póliza y comprobantes de pago de las primas, además de facturas y presupuestos de reparación.

La organización FACUA-Consumidores en Acción recomienda presentar la reclamación a la mayor brevedad y proporciona una línea telefónica directa: 900 222 665. Para un trámite más rápido, se aconseja evitar presentar la solicitud en oficinas externas, ya que esto retrasa el proceso de registro.

Los seguros recomiendan fotografiar y grabar los daños

En este contexto, las aseguradoras recomiendan a los afectados tomar fotografías y grabar vídeos de los daños sufridos antes de realizar cualquier limpieza o reparación.

Rubén Sánchez, secretario general de Facua, también destaca la importancia de esta medida: “En casos de inundaciones, la gente tiende a retirar el agua rápidamente para poder recuperar su vivienda o vehículo, pero es esencial contar con pruebas de cómo se encontraba todo en el momento del daño", explicó a RTVE.es.

Sánchez ha dicho que los afectados pueden iniciar el proceso de indemnización directamente con sus seguros, aunque en muchos casos las aseguradoras derivan estas reclamaciones al Consorcio de Compensación de Seguros. El Consorcio ha aclarado que gestionará las solicitudes de indemnización incluso si ha pasado el plazo legal de siete días desde que han ocurrido los daños.

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